Hoy,
lunes 20 de noviembre se celebra el Día Internacional de los Derechos del niño porque
fue un 20 de noviembre, pero de 1959, cuando Naciones Unidas aprobó la
Declaración de los Derechos del Niño y en 1989 se firmó La Convención sobre los
Derechos del Niño.
Los
Derechos del Niño son los diez principios que aprobaron las Naciones Unidas
para que formaran parte de las leyes de todos los países:
- Principio 1: Igualdad
El
niño disfrutará de todos los derechos enunciados en esta Declaración. Estos
derechos serán reconocidos a todos los niños sin excepción alguna ni
distinción o discriminación por motivos de raza, color, sexo, idioma,
religión, opiniones políticas o de otra índole, origen nacional o social,
posición económica, nacimiento u otra condición, ya sea del propio niño o de su
familia.
- Principio 2: Protección
El
niño gozará de una protección especial y dispondrá de oportunidades y
servicios, dispensado todo ello por la ley y por otros medios, para que
pueda desarrollarse física, mental, moral, espiritual y socialmente en
forma saludable y normal, así como en condiciones de libertad y dignidad.
Al promulgar leyes con este fin, la consideración fundamental a que se atenderá
será el interés superior del niño.
- Principio 3: Identidad
El
niño tiene derecho desde su nacimiento a un nombre y a una
nacionalidad.
- Principio 4: Alimentación, vivienda y
atención médica
El
niño debe gozar de los beneficios de la seguridad social. Tendrá derecho
a crecer y desarrollarse en buena salud; con este fin deberán
proporcionarse, tanto a él como a su madre, cuidados especiales, incluso
atención prenatal y postnatal. El niño tendrá derecho a disfrutar de
alimentación, vivienda, recreo y servicios médicos adecuados.
- Principio 5: Integración
El
niño física o mentalmente impedido o que sufra algún impedimento social
debe recibir el tratamiento, la educación y el cuidado especiales que
requiere su caso particular.
- Principio 6: Amor
El
niño, para el pleno y armonioso desarrollo de su personalidad, necesita
amor y comprensión. Siempre que sea posible, deberá crecer al amparo y
bajo la responsabilidad de sus padres y, en todo caso, en un ambiente de afecto
y de seguridad moral y material; salvo circunstancias excepcionales, no deberá
separarse al niño de corta edad de su madre.
- Principio 7: Educación
El
niño tiene derecho a recibir educación, que será gratuita y obligatoria
por lo menos en las etapas elementales. Se le dará una educación que
favorezca su cultura general y le permita, en condiciones de igualdad de
oportunidades, desarrollar sus aptitudes y su juicio individual, su sentido de
responsabilidad moral y social, y llegar a ser un miembro útil de la
sociedad.
- Principio 8: Auxilio
El
niño debe, en todas las circunstancias, figurar entre los primeros que
reciban protección y socorro.
- Principio 9: Amparo
El
niño debe ser protegido contra toda forma de abandono, crueldad y
explotación. No será objeto de ningún tipo de trata. No deberá permitirse
al niño trabajar antes de una edad mínima adecuada; en ningún caso se le
dedicará ni se le permitirá que se dedique a ocupación o empleo alguno que
pueda perjudicar su salud o su educación o impedir su desarrollo físico, mental
o moral.
- Principio 10: Solidaridad
El
niño debe ser protegido contra las prácticas que puedan fomentar la
discriminación racial, religiosa o de cualquier otra índole. Debe ser
educado en un espíritu de comprensión, tolerancia, amistad entre los pueblos,
paz y fraternidad universal, y con plena conciencia de que debe consagrar sus
energías y aptitudes al servicio de sus semejantes.
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